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Comunicaciones tras la Sentencia del Tribunal Constitucional sobre la anulación del título de Ingeniería de Edificación.

 
-    Consulta la. Sentencia 183/2011, de 21 de noviembre. (BOE núm. 306, de 21 de diciembre de 2011) en la Web Tribunal Constitucional. Enlace
-    Sentencia Tribunal Constitucional 21/11/2011 denegando amparo a Ingeniería de Edificación. Enlace
-    Intereconomía: Sentencia Tribunal Constitucional anula el título de Ingeniería de Edificación. Enlace
-    El Correo: Sentencia Tribunal Constitucional anula el título de Ingeniería de Edificación. Enlace
-    Europa press: Sentencia Tribunal Constitucional anula el título de Ingeniería de Edificación. Enlace
-    El Mundo: Sentencia Tribunal Constitucional anula el título de Ingeniería de Edificación. Enlace
-    Comunicación del Colegio de Aparejadores de Sevilla sobre la Sentencia que anula el Título de Ingeniería de la Edificación. Enlace
- Nota de prensa del Colegio de Aparejadores de Sevilla sobre la Sentencia que anula el Título de Ingeniería de la Edificación. Enlace

 

 

Nuevas Notas de Prensa tras la Sentencia del Tribunal Constitucional.

Nuevas Notas de Prensa tras la Sentencia del Tribunal Constitucional.


- Nota de la UCJC. Enlace
- Nota de CGATE . Enlace
- ABC: Noticia publicada 10/01/2012 sobre la  Sentencia del Tribunal Constitucional . Enlace
- Entrevista al presidente del Colegio Andaluz de COATTIE. Enlace
- El Economista: Artículo con declaraciones del presidente del COAATIE de Sevilla

 

RESPUESTA DE LA AEIE TRAS LA SENTENCIA TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

La Asociación Española de Ingenieros de Edificación defiende la validez del título obtenido por sus asociados

La AEIED, tras la Sentencia del Tribunal Constitucional, por la que se deniega el amparo solicitado por el Consejo General de Colegios Oficiales de Aparejadores y Arquitectos Técnicos, defiende la validez del título de Graduado en Ingeniería de la Edificación obtenido por sus asociados.

Tras dicha Sentencia del Constitucional, se mantiene, en vigor, la Sentencia del Tribunal Supremo de 9 de marzo de 2010, por la que se “anula el punto Segundo (Denominación del título), apartado 3, del acuerdo del Consejo de Ministros, mediante el que se establecen las condiciones a las que deberán adecuarse los planes de estudios conducentes a la obtención de títulos que habiliten para el ejercicio de la profesión de Arquitecto Técnico”.

Desde la AEIED, aunque entendemos que la Sentencia no tiene carácter retroactivo y por tanto, los títulos ya obtenidos son perfectamente válidos, vamos a encargar un informe jurídico sobre los efectos que pudiera tener sobre nuestros asociados, en caso de que la interpretación sea otra.

Si, de este informe, se desprende la nulidad de los títulos obtenidos, aunque sólo sea en su denominación, la AEIED reclamará al Estado los daños y perjuicios ocasionados a sus asociados.

Desde la AEIED no se comparte el criterio del Tribunal Supremo, anulando, de un Acuerdo del Consejo de Ministros, la denominación de un título que ha pasado por todos los controles previos legalmente establecidos que, además, surge para dar respuesta a la exigencia europea de adaptar las titulaciones al Espacio Europeo de Educación, previa elaboración de un Libro Blanco del Título, en el que, tras analizar todas las titulaciones existentes, se concluye que la que más se asemeja al resto de países de la Unión Europea es la de Ingeniero en Edificación (“Building Engineer” o “Ingegnere Edile”, son algunos ejemplos).

Es llamativo que el Presidente del Tribunal Constitucional don Pascual Sala Sánchez discrepe de la Sentencia, entendiendo, entre otras cuestiones, que esta confunde el título universitario oficial de Graduado en Ingeniería de Edificación con la profesión regulada de Arquitecto Técnico. Por otro lado, como expone en su voto particular, el Gobierno tendrá que adoptar las medidas pertinentes para remediar con urgencia “la grave situación originada a las personas que han obtenido el título de Graduados en Ingeniería de la Edificación y a las Universidades que los han expedidos o estén en trámites de expedición”.